
Vendedores indocumentados con protección "diplomática"

Es delito la trata de personas
Lo aprobó este miércoles la Cámara de Diputados.
Reformó el Código Penal para penar con cárcel a quienes coopten, transporten o le den vivienda a personas para su explotación.
La ley aumenta las penas cuando las víctimas sean menores de 18 años.
No obstante, distintos sectores criticaron la norma porque obliga a las personas explotadas a demostrar que no hubo consentimiento de su parte.
Es delito la trata de personas
Lo aprobó este miércoles la Cámara de Diputados.
Reformó el Código Penal para penar con cárcel a
quienes coopten, transporten o le den vivienda a
personas para su explotación. La ley aumenta las
penas cuando las víctimas sean menores de 18 años.
No obstante, distintos sectores criticaron la
norma porque obliga a las personas explotadas a
demostrar que no hubo consentimiento de su parte.
TEXTO COMPLETO
La Cámara de Diputados de la Nación convirtió este
miércoles en ley la penalización de la trata de
personas en situación de explotación en cualquiera
de sus formas, ya sea sexual, laboral, o de otra
índole. La nueva norma, que fue rechazada por la
oposición, prevé penas que van desde los tres a
los 25 años de prisión para quienes infringan los
alcances de la ley de Prevención y Sanción de la
Trata de Personas y Asistencia a sus Victimas.
“La presente ley tiene por objeto implementar
medidas destinadas a prevenir y sancionar la trata
de personas, asistir y asistir y proteger a sus
víctimas”, señala la norma que contó con el apoyo
de todo el oficialismo.
La nueva legislación, que resta que sea promulgada
por el Poder Ejecutivo para que entre en vigencia,
define a la trata de personas como “la captación,
el transporte y/o traslado –ya sea dentro del
país, desde o hacia el exterior– la acogida o la
recepción de personas” cuando sea “con fines de
explotación”.
En materia de penas, se reforman varios artículos
del Código. Por el delito de trata las penas van
de los 3 a los 6 años de prisión. La escala se
eleva de 4 a 10 años cuando haya parentesco entre
la víctima y el victimario o éste sea funcionario
público, cuando el delito lo cometan más de tres
personas en forma organizada o cuando las mujeres
explotadas sean tres o más.
Para quienes transporten o reciban a personas en
situación de trata, la pena será de 4 a 10 años y
se eleva cuando la víctima es menor de 13 años.
También prevé penas de 8 a 25 años cuando la trata
de personas “se hubiere efectuado con el objeto de
cometer actos de terrorismo, actividades de
narcotráfico o lavado de dinero”.
La norma distingue la trata de menores y mayores
de 18 años. Sobre las primeras señala que se
configura el delito “aun cuando no mediare engaño,
fraude, violencia, amenaza o cualquier medio de
intimidación o coerción”. Para el caso de las
mayores de 18 años sí deben darse esos supuestos.
Quienes sean víctimas del delito de explotación
“no son punibles por la comisión de cualquier
delito que sea el resultado directo de haber sido
objeto de trata”. Tampoco podrán recibir ninguna
clase de sanción por posibles infracciones a la
ley migratoria.
Por otra parte, las víctimas tendrán el derecho de
acceder a contención social y psicológica por
parte del Estado, acceder al programa de
protección de testigos. Y no podrán ser alojadas
en ningún establecimiento destinado a la detención
de personas, como cárceles o comisarías.
Polémica
Desde distintos sectores sociales, como
organizaciones de mujeres, y políticos, como el
radicalismo, criticaron la ley porque consideran
que la víctima debe demostrar que no hubo
consentimiento de su parte.
“El problema esencial es que en lugar de tratar de
defender a la víctima esta ley consagra una
defensa clara de los capitales que victimizan a la
gente. Se está protegiendo al dueño de los
negocios y no a las víctimas actuales o a las
víctimas potenciales, porque pretender que el
consentimiento de una persona sometida a trata
exima de reproche penal al autor del delito es una
aberración política, es flagrante violación a los
derechos humanos, a la Constitución Nacional, es
un disparate jurídico”, sostuvo el diputado
nacional de la UCR Rubén Lanceta.
Para el legislador la nueva ley “va a ser
declarada inconstitucional a la primera
presentación que llegue a la Corte”. Dju
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